Al realizar un proceso de prescripción de un insumo óptico, teniendo en cuenta que este lo conforman el lente oftálmico y la montura, siempre se hace énfasis en la toma adecuada de las medidas, para así generar una adaptación efectiva, logrando que el centro óptico del lente coincida totalmente con el centro pupilar del ojo del paciente, evitando de esta manera inducir prismas que generen molestias y sintomatología en el usuario.
Actualmente en la mayoría de los casos, antes de solicitar los lentes a los laboratorios, se toman distancias naso-pupilares, ya que los ojos presentan posiciones asimétricas fisiológicas, que son normales y no indican que el paciente tenga algún tipo de desviación ocular, ahora bien, en caso de presentarse una desviación, estas medidas son de suma importancia, especialmente si se va a realizar algún tipo de tratamiento ortóptico, de terapia visual o quirúrgico, que se pueda ver afectado por la inducción de los prismas referenciados anteriormente.
Un dato importante para la adaptación de los lentes, que en muchas oportunidades se omite, es la altura focal, esta medida es necesaria y se debe tomar en cada ojo por separado, ya que al no tenerla en cuenta se generan prismas de tipo vertical, el cálculo de dicha inducción se realiza mediante la ley de Prentice, las normas ANSI y Normas Técnicas Colombianas (NTC) tienen en cuenta los valores considerados como tolerancias verticales: para potencias positivas y negativas entre neutro y 2.00 dioptrías el valor es de 0.50 prismas, formulas entre 2.25 y 10.00 el tope máximo es de 0.25 prismas y para poderes de 10.25 o más se permiten 0.12 prismas.
La altura focal que se toma tanto para los lentes monofocales (esto incluye los denominados control miopía) como para los lentes multifocales es de acuerdo con el centro óptico y para el caso de los progresivos, la cruz de ajuste pupilar. Si la altura no se suministra al laboratorio, el proceso de montaje de los lentes se realiza a “línea media”, es decir a la mitad de la medida del diámetro vertical de la montura y en el caso de los progresivos promediando el tamaño del armazón y la altura mínima recomendada por el fabricante, es posible que con estas técnicas el paciente indique que no tolera la corrección y la presencia de mucha sintomatología.
Hay que dedicar el tiempo necesario para una óptima toma de medidas en la adaptación de lentes oftálmicos, ya que, si la altura focal no es la adecuada, la incomodidad simplemente generará rechazo y problemas con la corrección óptica.
Jimmy Fernando Reyes D. OD – MSc
Docente Universidad de La Salle
Editor del Área de Lentes Oftálmicos
Referencias
Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación. (2011). Norma Técnica Colombiana. NTC5847. Óptica oftálmica. Lentes oftálmicos montados. Bogotá: Icontec.
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Reyes Domínguez, J. F. (2019). Excelencia en el manejo de la óptica y servicio al cliente. Bogotá: Ediciones Unisalle.
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