Últimamente, en las consultas realizadas en la Clínica de Optometría, junto a los estudiantes, se ha evidenciado un alto número de pacientes que presentan condiciones de ceguera legal, ya que se encuentra en el mejor ojo y con la mejor corrección óptica (incluso posterior a realizar un tratamiento oftalmológico o quirúrgico), una agudeza visual que no supera el 20/200 (pérdida visual del 80%), al igual se han atendido pacientes que se diagnostican como baja visión, puesto que, con la mejor corrección óptica, la agudeza visual en el mejor ojo no supera los 20/60 (pérdida de visión del 30%). Es una situación un poco desagradable, especialmente cuando hay que indicarle al paciente que su condición visual es una limitante para el desarrollo de sus actividades diarias, incluyendo las de tipo educativo o laboral.
Es importante con estas personas, realizar la prescripción óptica con lentes oftálmicos que en la mayoría de los casos genera una gran ayuda, esto se hace con el fin de alcanzar la mejor visión que se pueda lograr, para tratar de conseguir el adecuado uso del remanente visual que tiene el paciente. Hay que tener en cuenta la distancia mecánica, el tamaño y el diseño al seleccionar la montura. No pasar por alto el índice de refracción, el número abbe, la gravedad específica (peso) en los lentes ya que habitualmente se encuentran anisometropías y si el lente es terapéutico, tener en cuenta la transmitancia, absorbancia y densidad del filtro, de acuerdo con el estado refractivo o patología ocular de base presentada.
Para el año 2010, la Dirección y Censos de Demografía del DANE, reportó que en la ciudad de Bogotá se encontraron 73.063 personas con discapacidad visual, donde el 40,7% representa el género masculino y el 59,3% al género femenino, en el estrato 2 se presenta el mayor número de paciente en esta condición con un 46,4%. Del total de personas con discapacidad visual 61.918 (84.7%) a pesar de usar corrección óptica, continuaban con su condición de discapacidad, teniendo en cuenta que 14.795 (20,2%) podían realizar actividades diarias y laborales de manera independiente y 4.113 (5,6%) requerían de la ayuda de otras personas para realizar cualquier tipo de actividad.
Pero no se puede terminar la labor con el paciente con la corrección oftálmica, ya que se dispone de ayudas no ópticas como tiposcopios, atriles, macrotipos, rotuladores y con ayudas ópticas como lupas de mano, lupas con soporte, telescopios, microscopios, gafas hiperoculares, gafas biprismadas, segmentos asféricos, circuitos cerrados de televisión entre otros. Todos estos dispositivos buscan aprovechar aún más el remanente visual, la elección del tipo de ayuda se tiene en cuenta de acuerdo con las necesidades y características del paciente.
El paciente tiene el derecho y los profesionales de la salud visual el deber de hablar con este y presentarle todos los procesos relacionados con la rehabilitación visual, para lograr su inclusión en la vida social, la independencia en sus actividades básicas diarias, y el aumento de su autoestima y confianza como persona con discapacidad visual.
REFERENCIAS
Congreso de la República de Colombia (2019). Ley 1996 de agosto 26 de 2019 Derechos de las personas con discapacidad en Colombia. Bogotá: Departamento Administrativo de la Función Pública.
Departamento Administrativo Nacional de Estadistica (2010). Informe de discapacidad de la Dirección y Censos de Demografía. Bogotá: DANE.
Ministerio de Salud y Protección Social. (2013). Programa nacional de atención integral en salud visual 2016-2022. Bogotá: Ediciones Minsalud.
Ministerio de Salud y Protección Social. (2015). Lineamientos generales para la implementación de la política pública nacional de discapacidad e inclusión social en entidades territoriales 2013-2022. Bogotá: Ediciones Minsalud.